Codigo etico de la Escuela Nacional de Osteopatia
DEBERES GENERALES DEL TERAPEUTA AFILIADO A LA ESCUELA NACIONAL DE OSTEOPATIA. Código de Deontología de los Prácticos. Articulo 1: Respetar la vida y la persona humana será siempre el primer deber. Articulo 2: fuera de los casos de fuerza mayor el terapeuta Manual debe llevar socorro de extrema urgencia a toda persona en peligro, sino pudiese asegurarle otros los Cuidados. Articulo 3: En su ejercicio profesional el terapeuta Manual de cualquier disciplina, debe abstenerse de todo acto de naturaleza tal que traiga desconsideración a su Profesión. En particular se abstendrá de toda actividad incompatible con la dignidad que se requiere para ejercer el arte de la curación manual, además como la utilización de malas artes, supercherías, encantamientos o brujerías, que pudieran afectar al respecto de la agrupación y de su profesi